
Cómo identificar partes relacionadas en México
Partes relacionadas en México: cómo identificarlas y los riesgos de operar sin documentación
El SAT no necesita detectar que transferiste utilidades al extranjero para iniciar una revisión. Le basta con identificar que tienes operaciones con partes relacionadas y que no las documentaste. Ese solo hecho activa consecuencias concretas: la deducción puede rechazarse, el ingreso puede ajustarse y la multa puede acumularse independientemente de si el precio fue correcto o no.
Muchas empresas mexicanas operan con partes relacionadas sin saberlo con certeza. Facturan servicios entre empresas del mismo dueño, prestan dinero afiliales, compran insumos a una empresa en la que el socio tiene participación. Asumen que mientras no haya una multinacional de por medio, la regla no aplica. El artículo 179 de la LISR dice lo contrario.
Este artículo explica qué son las partes relacionadas según la ley mexicana, cómo identificarlas dentro de tu estructura corporativa y qué riesgos concretos genera no tener documentación cuando el SAT llama.
Qué dice el artículo 179 de la LISR: la definición que más empresas ignoran
El cuarto párrafo del artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que dos o más personas son partes relacionadas cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una misma persona o grupo de personas participa directa o indirectamente en la administración, control o capital de todas ellas.
Tres elementos de esta definición son críticos y frecuentemente malinterpretados.
- Primero, aplica a personas físicas y morales. No se necesita una corporación formal. Si una persona física es socia mayoritaria de dos empresas que se venden servicios entre sí, ambas son partes relacionadas entre ellas.
- Segundo, la participación puede ser indirecta. Si la empresa A controla a la empresa B, y la empresa B controla a la empresa C, entonces A y C son partes relacionadas aunque no haya ninguna relación directa entre ellas. La cadena de control se rastrea hasta el nivel que sea necesario.
- Tercero, el control no requiere mayoría accionaria. La palabra clave es "administración, control o capital". Una empresa puede controlar a otra a través de acuerdos de administración, derechos de voto preferentes, contratos de dirección o cualquier otro mecanismo que le permita influir en las decisiones de la otra entidad.
Tipos de operaciones intercompañía que más frecuentemente quedan sin documentar
La experiencia en revisiones del SAT muestra que no son las transacciones más sofisticadas las que generan contingencias, sino las más cotidianas. Lasque nadie documenta porque siempre se han hecho así.
- Préstamos entre empresas del mismo grupo sin contrato ni tasa de interés: el socio transfiere fondos de una empresa a otra para cubrir flujo. No hay acuerdo escrito. Para el SAT es una operación entre partes relacionadas sin precio de plena competencia.
- Servicios administrativos compartidos sin acuerdo de costos: la empresa holding absorbe costos de contabilidad, legal y recursos humanos para todo el grupo sin cobrar nada formal a las subsidiarias, o cobrando una cantidad arbitraria.
- Uso de activos sin contraprestación: una empresa usa la marca, el software o el inmueble de otra empresa relacionada sin pagar regalía o renta. Ese uso gratuito es una transacción con partes relacionadas a precio cero, que el SAT puede cuestionar.
- Compras a proveedores en los que el socio tiene participación: si el dueño de la empresa también tiene participación en el proveedor principal, esa relación puede calificar como parte relacionada dependiendo del nivel de participación y control.
- Operaciones con residentes en regímenes fiscales preferentes: el artículo 179 establece que salvo prueba en contrario, se presume que las operaciones con entidades en paraísos fiscales son entre partes relacionadas con precios que no cumplen el principio de plena competencia. La presunción aplica automáticamente.
Las obligaciones que nacen al tener partes relacionadas
Identificar que tienes partes relacionadas no es solo un ejercicio conceptual. Es el punto de partida de un conjunto de obligaciones que el artículo 76 de la LISR establece para personas morales:
Fracción IX: elaborar y conservar documentación comprobatoria que demuestre que las operaciones con partes relacionadas se pactaron conforme al principio de plena competencia. Esta es la obligación de tener el estudio de precios de transferencia.
Fracción X: presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas (Anexo 9 de la DIM) a más tardar el 15 de mayo de cada año. Para las operaciones del ejercicio 2025, el plazo venció el 15 de mayo de2026.
Fracción XII: conservar la documentación y los papeles de trabajo que respalden el método utilizado y el análisis de comparabilidad, disponibles para entregarse a requerimiento del SAT.
Para grupos multinacionales que superen los umbrales establecidos en el artículo 76-A, se suman el Archivo Local, el Archivo Maestro y el Reporte País por País.
Dato 2026: la presentación extemporánea o la omisión del Anexo 9 de la DIM puede considerarse como un requisito para la deducibilidad de los pagos realizados a partes relacionadas, conforme al artículo 27 fracción V de la LISR. Es decir, no presentar la declaración informativa a tiempo puede ser suficiente para que el SAT rechace deducciones, incluso si el precio de la operación era correcto.
Qué pasa cuando el SAT revisa y no hay documentación
El entorno de fiscalización del SAT en 2026 opera con cruces automatizados de información: CFDI, declaraciones anuales, estados financieros auditados, información bancaria y datos de intercambio internacional. Cuando detecta operaciones entre entidades con vínculos de control o participación y no encuentra documentación de precios de transferencia, tiene tres caminos.
El primero es rechazar directamente la deducción de los pagos realizados a partes relacionadas por no cumplir los requisitos del artículo 27 fracción V de la LISR. No necesita demostrar que el precio estaba mal; le basta con que no haya documentación que lo respalde.
El segundo es determinar presuntivamente el precio de la operación conforme al artículo 179, utilizando el método que considere más apropiado y ajustando la base del ISR a partir de esa determinación. El ajuste se calcula sobre la diferencia entre el precio declarado y el que el SAT establece como precio de plena competencia, más actualizaciones, recargos y multas.
El tercero es clasificar la operación como una práctica fiscal indebida si determina que el esquema tuvo como propósito principal obtener un beneficio fiscal. En ese escenario, las consecuencias escalan más allá del ajuste de precios.
El SAT identificó en 2026 la "triangulación internacional"como una de sus once conductas prioritarias de fiscalización. Las operaciones con partes relacionadas en jurisdicciones de baja imposición sin sustento documental son uno de los focos de revisión más activos del año.
Cómo identificar si tu empresa tiene partes relacionadas: tres preguntas concretas
Antes de concluir que tu empresa no tiene partes relacionadas, conviene responder tres preguntas con honestidad:
- ¿El mismo dueño, socio o accionista tiene participación en más de una empresa, y esas empresas realizan operaciones entre sí? Si la respuesta es sí, esas empresas son partes relacionadas entre ellas.
- ¿Tu empresa presta servicios, transfiere fondos, usa activos o compra bienes a una entidad en la que alguien de tu grupo corporativo tiene influencia en las decisiones, aunque no sea socio mayoritario? Si es así, la relación puede calificar como parte relacionada.
- ¿Alguna de las contrapartes de tu empresa reside en un país de baja tributación o en una jurisdicción que el SAT considera régimen fiscal preferente? Si es así, la presunción de partes relacionadas aplica automáticamente, y la carga de la prueba está de tu lado.
Si alguna de estas preguntas tiene respuesta afirmativa, el siguiente paso no es suponer que la operación estará bien. Es documentar que el precio cumple con el principio de plena competencia antes de que el SAT lo revise.
El momento correcto para actuar no es cuando llega la notificación
La documentación de operaciones con partes relacionadas no es un ejercicio defensivo que se activa cuando el SAT notifica una revisión. Es una obligación anual que debe estar lista antes de presentar la declaración informativa y disponible en cualquier momento en que la autoridad la requiera.
Las empresas que construyen esa documentación con anticipación tienen una posición técnica sólida: pueden explicar el método, justificar el precio y demostrar que la operación se pactó como lo habrían hecho partes independientes. Las que no la tienen negocian en desventaja desde el primer requerimiento.
En Flint Consulting® trabajamos con empresas mexicanas y grupos corporativos para identificar sus operaciones con partes relacionadas, evaluar si la documentación existente es suficiente y, cuando no lo es, elaborarla correctamente. Si quieres un diagnóstico de tus operaciones intercompañía, puedes contactarnos directamente.
¿Tienes operaciones con partes relacionadas y quieres saber si estás documentado correctamente?
En Flint Consulting® hacemos un diagnóstico de tus operaciones intercompañía, identificamos las obligaciones que aplican a tu estructura y te decimos exactamente qué necesitas antes de que el SAT lo pida.
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